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La Seguridad Social avisa a los jubilados: Podrás perder la pensión a partir de septiembre si no cumples estos requisitos

Un trámite que vuelve a marcar el calendario de miles de pensionistas.

Las pensiones forman parte de las principales preocupaciones económicas de buena parte de la sociedad, especialmente entre quienes dependen de una prestación para afrontar sus gastos habituales. Cualquier cambio relacionado con los procedimientos necesarios para mantener estos ingresos puede generar dudas entre los beneficiarios. Por ello, las novedades que afectan a los pensionistas residentes fuera de España despiertan especial interés. Este año, además, el calendario incorpora una gestión adicional que conviene tener presente.

Los pensionistas que viven en otros países tienen que acreditar periódicamente que continúan con vida para que la Administración pueda mantener el abono de sus prestaciones. Este procedimiento forma parte de las obligaciones que deben cumplir quienes reciben una pensión española mientras residen en el extranjero. El primer periodo habilitado durante 2026 comenzó el pasado 1 de enero y finalizó el 31 de marzo. Ahora se abre una nueva oportunidad para completar la acreditación correspondiente.

La principal particularidad de este ejercicio está relacionada con la repetición del trámite. Aunque se trata de una gestión que estos pensionistas ya conocen, durante 2026 tendrán que volver a realizarla en septiembre. La medida se enmarca en una modificación del sistema de acreditación que tendrá nuevas características a partir del próximo año. Desde 2027, la previsión es que la comprobación de vivencia se lleve a cabo tres veces cada año.

Quién debe completar la acreditación.

Esta obligación está dirigida exclusivamente a los pensionistas que tienen su residencia en el extranjero. Por tanto, quienes cobran una pensión de la Seguridad Social y viven en España no tienen que realizar esta gestión por este motivo. Para los beneficiarios afectados, acreditar su vivencia resulta necesario para continuar percibiendo con normalidad la prestación reconocida. El procedimiento busca facilitar que el organismo responsable pueda comprobar que se mantienen las condiciones correspondientes.

El trámite puede realizarse mediante una fe de vida expedida por la autoridad competente del país en el que reside el pensionista. También existe la posibilidad de acreditar la vivencia ante los encargados del Registro Civil Consular. A estas alternativas se suman las comparecencias presenciales o telemáticas ante las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. De esta manera, existen diferentes opciones en función del lugar de residencia y de las circunstancias de cada beneficiario.

Otra de las novedades incorporadas en 2026 afecta a los cónyuges de pensionistas que reciben un complemento a mínimos por cónyuge a cargo. Estas personas también pueden registrarse y acreditar su vivencia mediante la aplicación móvil habilitada para este fin. Dentro de la aplicación existe un apartado específico denominado «Gestión Vivencia cónyuge», integrado en «+Gestiones». La incorporación de esta posibilidad amplía las gestiones que pueden efectuarse por vía digital.

Una opción para realizar el trámite desde el móvil.

Entre las alternativas disponibles se encuentra VIVESS, una aplicación gratuita diseñada para facilitar diferentes gestiones relacionadas con los pensionistas residentes fuera de España. Su utilización permite completar la acreditación sin necesidad de realizar un desplazamiento. Además, a través de esta herramienta pueden llevarse a cabo otras operaciones relacionadas con la información del beneficiario. Esto convierte al sistema digital en una opción especialmente práctica para quienes viven lejos de las oficinas administrativas.

Para utilizar VIVESS por primera vez es necesario descargar la aplicación y completar el proceso de registro. La identificación puede realizarse mediante DNI o NIE, Cl@ve o el número de expediente correspondiente. Una vez dentro, el usuario debe acceder a la opción destinada a acreditar la vivencia. El procedimiento incluye la identificación mediante la cámara del dispositivo para completar la comprobación.

Tras finalizar el proceso, la aplicación genera de forma inmediata un justificante que confirma que la acreditación se ha realizado correctamente. Posteriormente, el pensionista recibe la confirmación correspondiente del Instituto Nacional de la Seguridad Social, sin que sea necesario completar otras gestiones. VIVESS también permite a los pensionistas del INSS y del ISM acreditar su residencia fiscal y actualizar determinados datos. Entre ellos se encuentran la modalidad de pago mediante transferencia bancaria y la información personal o bancaria.

Una gestión que gana peso en el calendario.

El cambio previsto para los próximos años hace que estas comprobaciones tengan cada vez más presencia en la gestión habitual de las pensiones abonadas a residentes en el extranjero. Para quienes se encuentran en esta situación, conocer las fechas y las vías disponibles puede ayudar a evitar incidencias relacionadas con su prestación. La posibilidad de realizar parte de los trámites desde el teléfono facilita además el cumplimiento de estas obligaciones desde cualquier lugar. Septiembre se convierte así en una fecha que los beneficiarios afectados deben tener en cuenta.

La digitalización también permite centralizar diferentes gestiones que anteriormente podían requerir más desplazamientos o documentación. Con VIVESS, los usuarios disponen de una herramienta que reúne la acreditación de vivencia con otras operaciones relacionadas con sus datos y el cobro de la prestación. La confirmación inmediata ofrece además una referencia para comprobar que el procedimiento se ha completado. Todo ello pretende simplificar una gestión que deben repetir determinados pensionistas cada año.

La información sobre esta nueva cita administrativa ha provocado que las redes sociales se llenen de comentarios y consultas de usuarios interesados en conocer quién debe realizarla y cómo completar el proceso. Muchas de las dudas están relacionadas con las fechas, las alternativas disponibles y el funcionamiento de la aplicación móvil. La atención que genera este tipo de trámites se explica por su relación directa con el cobro de las pensiones de quienes viven fuera de España. Por eso, cualquier modificación del calendario o de los procedimientos despierta rápidamente el interés de los afectados.