Fin del DNI permanente: Europa obliga a renovarlo antes de 2031

El “DNI eterno” tiene los días contados. El Parlamento Europeo y el Consejo han dado luz verde definitiva al Reglamento (UE) 2019/1157, una norma que busca reforzar la seguridad de los documentos de identidad en todos los Estados miembros de la Unión Europea. ¿La consecuencia directa para España? Todos los DNI permanentes deberán renovarse antes del 3 de agosto de 2031.
La medida, que forma parte de un paquete de actualizaciones tecnológicas y de seguridad, afecta principalmente a dos colectivos: personas mayores de 70 años y ciudadanos con gran invalidez reconocida por la Seguridad Social. Hasta ahora, ambos podían disponer de un DNI que no caducaba. Eso se acabó.
¿Qué era el DNI permanente?
El Documento Nacional de Identidad permanente se expedía a ciudadanos mayores de 70 años y a personas con determinadas discapacidades severas. Su principal ventaja era que no tenía fecha de caducidad, facilitando gestiones administrativas y eliminando la necesidad de renovaciones periódicas. Sin embargo, estos documentos ya no cumplen con los requisitos mínimos de seguridad que exige la UE, lo que obliga a su renovación.
Un cambio con fecha límite: 3 de agosto de 2031
Todos los titulares de un DNI permanente deberán renovarlo antes de esa fecha. A partir de entonces, los documentos que no hayan sido actualizados dejarán de ser válidos. Esta renovación no implica una caducidad convencional: los nuevos documentos tendrán como fecha de expiración simbólica el 01-01-9999, lo cual los hace “infinitos” en términos prácticos, pero compatibles con los sistemas internacionales.
Además, los nuevos DNI incorporarán tecnología de última generación: un chip electrónico que almacenará datos biométricos, como la imagen facial y dos huellas dactilares. Esto permitirá una mejor interoperabilidad con los sistemas de identificación de otros países europeos.
Renovación sencilla y sin cita previa
Afortunadamente, el proceso de renovación no será complejo. Los titulares del DNI permanente pueden renovarlo voluntariamente desde ya y sin necesidad de cita previa en las Unidades de Documentación. Según el Real Decreto 255/2025, los nuevos documentos que se expidan a personas mayores de 70 años tendrán una validez prolongada, superior a 10 años, pese a la eliminación de la categoría “permanente”.
Más seguridad y menos problemas en el extranjero
Uno de los argumentos clave detrás de esta medida es la seguridad. Al eliminar documentos que no cumplen con los estándares internacionales, se busca evitar situaciones como la que ya han vivido algunos ciudadanos: no poder embarcar en un avión o identificarse en el extranjero porque su DNI permanente no era reconocido fuera de España.
Este cambio también responde a una necesidad de homogeneización de criterios en toda la Unión Europea, algo esencial en un espacio común donde la movilidad y el reconocimiento documental deben estar garantizados.
¿Obligación o ventaja?
Aunque muchos ciudadanos puedan ver este cambio como una molestia, las autoridades insisten en que se trata de una oportunidad para acceder a un documento más moderno, seguro y reconocido en todo el territorio europeo. Por eso, la recomendación es clara: no esperar a última hora. Iniciar el proceso de renovación cuanto antes evitará colas y problemas cuando se acerque la fecha límite.
El DNI permanente se despide, pero llega una nueva era digital y segura para los documentos de identidad en España.